
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha absuelto a la exalcaldesa de Ronda, la socialista Teresa Valdenebro, del denominado Caso Boda. La Sala ha estimado el recurso de la exregidora concluyendo que su comportamiento no encaja en el tipo de imprudencia grave que se asocia al delito de falsedad en documento oficial al que fue condenada en noviembre de 2024 por la Audiencia Provincial de Málaga.
Los hechos se remontan al verano de 2017, hace casi diez años, cuando la socialista aún era alcaldesa de Ronda y tuvo lugar la boda de la hija del entonces concejal, José María Jiménez. La joven contrajo matrimonio el 17 de junio, pero se realizó un cambio en el documento oficial al día 21 de junio, cuando tenía previsto iniciar un contrato con el SAS. El cambio le permitía disfrutar de los días para la luna de miel.
En enlace fue oficiado por Valdenebro, quien, según la Audiencia de Málaga, autorizó el acta «sin comprobar los datos que figuraban». Sin embargo, el TSJA sostiene que la tramitación del expediente fue realizada «sin intervención alguna de la hoy recurrente» y, además, la boda se celebró fuera de las instalaciones del consistorio, por lo que solo se trasladó una copia del acto, lo que impidió «un conocimiento cabal y concluyente de la mendacidad circunscrita».
El alto tribunal andaluz, por el contrario, no ha estimado los recursos interpuestos por el exedil y su hija, confirmando las condenas de dos años de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante ese periodo y una multa de diez euros diarios durante siete meses.




